Asamblea Legislativa aprueba reformar código penal y vial: prohibido conducir bajo efectos del alcohol
Diputados aprobaron aumentar las penas por delitos viales.
EL SALVADOR.- Por unanimidad, los diputados de la Asamblea Legislativa reformaron el Código Penal, con el objeto de ampliar los supuestos de hecho que tipifican el delito de conducción peligrosa de vehículos automotores, los medios probatorios para su acreditación e incrementar el régimen de pena.
Los legisladores reformaron con 53 votos a favor el Código Procesal Penal, a fin de establecer un proceso penal que garantice una justicia restaurativa a favor de las víctimas y sus familiares ante la comisión de homicidio culposo por el delito de conducción peligrosa.
Las reformas al Código Penal son en el artículo 147-E; y al artículo 38 del Código Procesal Penal, que busca aumentar las penas por el delito de conducción peligrosa y prohibir el consumo total de alcohol o drogas al conducir.
Para vehículo de motor, aumentan las penas a un rango entre 2 y 5 años de prisión (actualmente es de 2 a 4). En el caso del transporte público de pasajeros o de carga, se establece penas entre 5 y 10 años de prisión para el delito de conducción peligrosa. Para este caso, actualmente, las penas son de 3 a 6 años de cárcel.
En «un añadido especial»: se incrementan las penas a 10 años de prisión por el delito de homicidio culposo o lesiones culposas para vehículo de motor, actualmente las condenas son de 5 años con cuatro meses. Por estos delitos, las condenas llegaran a 15 años cuando el vehículo es de transporte público de pasajeros y de carga.
Las reformas indican que no se puede consumir alcohol si se va a conducir un vehículo. Cuando una persona sea sorprendida manejando bajo los efectos del alcohol tendrá una suspensión de licencia por un año y de manera indefinida si reincide en el delito.
Una de las modificaciones que hicieron fue en el Art. 1, inciso cuarto, en donde modificaron para que “cuando a consecuencia de conducción peligrosa causare homicidio culposo o lesiones culposas muy graves, la pena del delito se incrementara a un máximo de 10 años, hasta un máximo de 15 años».
Y la reforma en el Código Procesal Penal va enfocada en el Art. 38 y se establece que se va a extinguir el medio de conciliación y la reforma va encaminada en el homicidio culposo, agregando «la exclusión del que se ha cometido como resultado en comisión del delito de conducción peligrosa de vehículos automotores en el supuesto de manejar un vehículo de motor habiendo consumido bebidas alcohólicas, drogas o cualquier tipo de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o psicoactivas».